Seguro accidentes

LICENCIA

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SEGURO ACCIDENTES

COMPAÑÍA ASEGURADORA

La FPCV ha llegado a un acuerdo para la prestación del servicio del seguro de ACCIDENTES DEPORTIVOS con la compañía aseguradora AXA SEGUROS GENERALES (Nº PÓLIZA 7025-373432).

El término accidente deportivo se refiere exclusivamente a las lesiones corporales traumáticas que tienen su origen en una causa ajena a la voluntad del deportista, externa, fortuita, súbita y violenta. Por ejemplo, una caída, un impacto contra un objeto -como el poste de la red- o un choque entre dos deportistas, golpe con la pala, son ciertamente accidentes deportivos. Otra cosa son las lesiones deportivas, que no son objeto de cobertura por el Seguro Obligatorio Deportivo y que tienen que ver con estados crónicos o patológicos que son consecuencia de la práctica de cualquier deporte. Son lesiones deportivas las LANT (Lesiones Accidentales No Traumáticas), como una contractura muscular, una rotura fibrilar, una fascitis plantar o el codo de tenista, que tienen su origen en una sobrecarga del tejido de que se trate: músculo, tendón o ligamento. También son lesiones deportivas y por tanto quedan fuera de la cobertura del Seguro Obligatorio Deportivo, las hernias discales o inguinales, las alteraciones estructurales -como los pies cavos o planos-, así como las enfermedades infecciosas.

Los procesos de atención sanitaria se realizarán a través de la plataforma ON-LINE

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA DAR DE ALTA UN ACCIDENTE

El accidente deberá ser comunicado en un plazo máximo de 5 días a ITEGRA www.itegra.es y se pueden utilizar tres vías de comunicación:

CONOCE LA TARJETA SANITARIA DIGITAL ESP

Alta de accidente mediante el propio federado

MANUAL DE LA OPERATIVA

ITEGRA

Alta de accidente con carácter urgente

Si un Federado tramitará un parte de lesión con menos de 48h desde la fecha de renovación, deberá presentar un Certificado del Club, Federación u Organismio deportivo que haya organizado la competición, actividad deportiva, entrenamiento o desplazamiento en el que sufrió el accidente, confirmando la veracidad del accidente.

En este caso el federado deberá acudir a un Centro Concertado por la aseguradora llamando previamente al teléfono de asistencia 24h: Itegra: 960 99 28 40, siendo OBLIGATORIO en las siguientes 48h dar de alta el parte de accidente en Itegra: www.itegra.es e indicar el centro donde ha acudido a urgencias para que Itegra pueda remitir el parte al Centro Concertado.

Solo en caso de Urgencia Clínica Grave (la vida del federado está en riesgo) podrá acudir directamente al centro sanitario más próximo. Una vez superada la primera asistencia de urgencias, el federado deberá comunicar el primer día hábil su circunstancia a Itegra para la apertura de un expediente y ser trasladado a un centro médico concertado.

En caso de que permaneciera en CENTRO MÉDICO NO CONCERTADO O DE LA SEGURIDAD SOCIAL la Compañía no se hará cargo de los costes por la atención prestada, salvo en los casos de urgencia vital.

Alta de accidente mediante el club del federado

El Club puede dar de alta el parte a cada federado que pertenezca a su club. NOTA: ITEGRA facilitará a cada club USUARIO Y CONTRASEÑA para acceder al sistema y poder dar de alta los partes de accidentes. El Club NO puede darse de alta por si mismo. Si un CLUB no dispone de claves, debe llamar al 960 99 28 40 de ITEGRA o bien solicitarlo por mail a: soporte@itegra.es. Pueden utilizar el servicio de Atención al Cliente de ITEGRA: 960 99 28 40 en días laborables. El parte de accidente se dará de alta a través de la plataforma on-line: itegra.es y el federado debe indicar los siguientes datos:

– Nombre y apellidos y licencia federativa

– Lugar donde se ha producido el accidente deportivo fecha de ocurrencia

– Teléfono de contacto del federado

– Correo electrónico del federado

– Descripción detallada del accidente deportivo.

PÓLIZA SEGURO DE ACCIDENTES DEPORTIVOS

AXA 2023

Autorizaciones

Será necesario tener la autorización previa de la compañía para realizar las siguientes pruebas y tratamientos: Pruebas especiales de diagnóstico; TAC, RMN, Ecografías, Gammagrafías, Artroscopias e Intervenciones Quirúrgicas. Para acudir a Consultas sucesivas en Centros asignados por ITEGRA y teniendo un Expediente VALIDADO por aseguradora no son necesarias autorizaciones sucesivas.

En los casos que se precisa autorización, será el Médico o Centro Médico concertado quien solicitará a ITEGRA dicha autorización a través del Expediente médico on-line y el federado recibirá la autorización por correo electrónico en un fichero adjunto. Dicha autorización debe imprimirse y entregarse en el Centro asignado para las pruebas que figurará en la autorización.

Cualquier prueba o tratamiento realizado sin la autorización previa de la compañía correrá por cuenta del asegurado. Tras obtener la oportuna autorización, el federado acudirá a Consulta con el informe del resultado de la prueba y será el Médico o Centro médico quien se quede copia del mismo. No serán cubiertas las asistencias médicas en centros de la Seguridad Social o no concertados, excepto en urgencias vitales.

Le recordamos que tiene que tener en cuenta los siguientes puntos:

a) Será motivo de cierre del expediente del Siniestro y por tanto no continuidad de tratamiento, si durante la BAJA MEDICA DEPORTIVA el Federado realiza actividad deportiva, careciendo de cobertura los accidentes posteriores que pudieran producirse sin estar de alta médica por un accidente anterior.

b) El accidente debe ser comunicadoen un periodo máximo de 5 días desde que se produce el mismo.

c) Cualquier asistencia, consulta médica, pruebas o rehabilitación, que no sea de URGENCIAS, deberá ser asignada previamente por ITEGRA, de lo contrario será el federado quien se haga cargo de los costes incurridos. Los desplazamientos en ambulancia solamente quedan cubiertos para urgencias vitales, y el servicio debe ser prestado a través del cuadro médico, nunca a través de cualquier otro servicio.

d) Les recordamos que la póliza de la Federación se rige según el Real Decreto 849/1993 por la cual se incluyen las lesiones derivadas de accidente deportivo, es decir, por traumatismo puntual, violento, súbito y externo, durante la práctica deportiva, siempre que no sean debidos a lesiones crónicas y/o preexistentes; se excluyen también las enfermedades o patologías crónicas derivadas de la práctica habitual del deporte, por micro traumatismos repetidos, tales como tendinitis y bursitis crónica, artrosis o artritis, hernias discales, y en general cualquier patología degenerativa.

Cualquier prueba o tratamiento realizado sin la autorización previa de la compañía correrá por cuenta del asegurado.

ITEGRA llevará a cabo los oportunos seguimientos que cada caso requiera, para determinar las necesidades y gestiones a realizar.

Las comunicaciones entre el Colectivo/Federación/Asegurados y el Centro de Atención 24 horas de la compañía podrán quedar grabadas y registradas para el buen funcionamiento del servicio y cumpliendo siempre con la Ley de Protección de Datos